La semana pasada en Ministerio de Hacienda de Colombia radicó en el Congreso de la República la Ley de Solidaridad Sostenible, o como me voy a referir a ella, la reforma tributaria, la tercera desde que ocupa su cargo en la Casa de Nariño. Una reforma ambiciosa con aciertos y desaciertos. Pero hoy más que un análisis de que hay o no hay en la reforma o si esta es la mejor o no para Colombia, mi objetivo es mostrarles con ejemplos puntuales porque es necesario que esta también sea vista y analizada con un enfoque de género durante el debate en el Congreso de la República. Los impuestos y decisiones presupuestales no son neutras y el impacto que tienen sobre la vida de las personas es diferenciado.
Ya que estamos entrando en un tema técnico, algunos conceptos básicos para entender el mundo ideal o lo que se espera de un sistema tributario. Los impuestos son necesarios, los Estados los necesitan para poder proveer servicios públicos y garantizar un mínimo de bienestar para la sociedad. En Colombia como mínimo deben cumplir con tres características, según nuestra constitución. Los impuestos deben ser:
- Eficientes: es decir que no afectan las decisiones que toman los hogares y las empresas.
- Progresivos: las personas que tienen más pagan más.
- Equitativos: las personas que pagan impuestos pagan de manera equitativa. Y no debería haber grandes extensiones ni grandes beneficios para nadie.
El Impuesto de Valor Agregado (IVA)
Un ejemplo de un impuesto regresivo (contrario al progresivo) es el IVA, todas las personas en Colombia lo pagamos por igual sin importar el nivel de ingreso que tengamos. Esto también lo hace inequitativo, porque, aunque pagamos lo mismo, no pagamos lo mismo según nuestra capacidad de pago. Y empiezo por mi primer ejemplo.
Toallas y tampones
En el 2018 la campaña Menstruación Libre de Impuestos logró que el IVA a las toallas higiénicas y tampones quedara exento. Exento se refiere a que el producto como tal que compramos en la tienda no tendría IVA, pero además que a la empresa que produce el producto se le hace una devolución del IVA que pago para la materia prima, por consiguiente, haciendo el precio que pagamos las personas menstruantes por toallas y tampones sea más económico.
En la Reforma Tributaria presentada la semana pasada, la designación de estos productos tuvo un cambio, pasaron de estar exentos a excluidos. Y este cambio, aunque sutil, aumenta el precio final que se paga. Al pasar de exentos a excluidos, el producto final quedará libre de IVA, sin embargo, al productor ya no se le dará la devolución del IVA de la materia prima encareciendo así el producto.
¿Pero por qué esto es problemático y va en contra de las características que debería tener un impuesto?
La menstruación es algo que no podemos controlar y que afecta específicamente a las mujeres y hombres trans. Tener una menstruación digna es costoso. Una caja de 16 tampones en Colombia cuesta casi 22.000 pesos (con la exención de hoy). Al día, para evitar el síndrome del shock tóxico, una persona menstruante gasta en promedio 3 tampones. Y en promedio esto ocurre por 5 días al mes. Siendo así, el costo promedio por tener un sistema reproductivo que menstrua es de 22.000 pesos al mes en Colombia. Si comparamos eso con el salario mínimo, se destina un 2% del total para menstruar. Pero si miramos esto en un salario mínimo diario, (porque comprar los productos higiénicos de manera individual es más costoso), de los 30.000 aproximados que te da el salario mínimo, quedaste con 10.000 para el resto del día (para comer, cocinar, vivir, etc.).
La no exención del impuesto implicaría en promedio un aumento del 5% sobre el producto final que se paga. Es decir que las mujeres vivir nos costaría aún más. La exclusión del impuesto en este caso es un retroceso de justicia tributaria para las mujeres.
Copa menstrual
La copa menstrual hoy en día tiene un IVA del 19%. Su precio oscila entre los 60mil y 80mil pesos colombianos y es un producto que tiene una apuesta ambiental y sostenible pues dura aproximadamente 10 años al ser reutilizable. La reforma tributaria como esta planteada hoy en día mete este producto en el grupo de los excluidos, es decir que la propuesta es que las consumidoras no paguemos IVA en el precio final. Sin embargo, como aprendimos anteriormente el producto podría ser más económico si fuera parte del grupo de los exentos.
La inclusión del IVA en la materia prima de estos productos automáticamente hace que se vulnere el principio de la equidad, pues afecta de manera diferencial a las mujeres, que de por si ya tienen menos acceso a recursos económicos. Al ser un producto sin sustitutos, afecta el mínimo vital y se sacrifican otros productos de la canasta para poder acceder a ellos. Los productos de higiene menstrual no son un lujo, las personas menstruantes deberíamos tener el derecho a decidir sobre el producto que más se acomode a nuestro cuerpo y poder acceder libremente sin un costo adicional por parte del Estado.
En el mundo ideal los productos de higiene femenina deberían ser de acceso libre para todas las personas menstruantes, no deberíamos pagar extra por existir.
Impuesto sobre la renta de las personas
El impuesto sobre la renta es un impuesto progresivo, pues se cobra de acuerdo con la renta de cada persona. En general hay un consenso entre los expertos que incrementar el recaudo por medio de un impuesto a la renta de las personas naturales en Colombia es necesario. Para algunas organizaciones sociales el monto desde que se hace este recaudo es inaudito, y para otros expertos el umbral debió ser más alto. Sin embargo, fuera de esa discusión se dejó un elemento muy importante y es la diferencia que existe entre la renta de hombres y mujeres en el país y mucho menos de manera diferenciada en raza, edad o región que habita en el país.
Hoy sabemos que hay una gran brecha salarial entre hombres y mujeres. Por cada 100 pesos que recibe un hombre por concepto de ingresos laborales, una mujer gana 87,1 pesos. La brecha del desempleo por efectos de la pandemia sólo se ha profundizado y hoy se encuentra en 9 p.p. Las mujeres a diario hacemos 8 horas de trabajo doméstico y no remunerado en comparación con las 3 horas y 7 minutos que realizan los hombres. Entre estas y muchas razones más, los impuestos que debemos pagar sobre nuestros ingresos deben ser diferenciados para que sean justos.
Hoy no hay información pública por parte de la DIAN que diferencie el recaudo por sexo en Colombia. Esta información es necesaria para que empecemos a pensar y crear estrategias para políticas tributarias más inclusivas.
Todos los impuestos se les debe hacer un análisis de enfoque de género y diferencial
El análisis de los impuestos debe hacerse de manera diferencial y con enfoque de género para todos los impuestos. Todos tienen efectos diferentes sobre hombres y mujeres y son una gran oportunidad para cerrar brechas y aportar a una sociedad más equitativa.
Ejercicios parecidos se pueden hacer con el aumento de los servicios públicos. ¿Cómo afecta a los hogares con jefatura de hogar femenina vs jefatura de hogar masculina? También si lo pensamos con los aumentos o descensos de impuestos al alcohol o al tabaco. ¿Cómo afectan los programas a los que estos impuestos estarían destinados? ¿Qué poblaciones se ven más afectadas? Pensémoslo con los impuestos ambientales también, ¿la carga de la contaminación quien la tiene en dónde? ¿afecta de manera diferente a quién? ¿cómo beneficia y por qué? Y así se debería hacer con cada impuesto.
Por último, es imposible no pensar los temas presupuestales como temas políticos. Ignorar el análisis de género y con enfoque diferencial también es ignorar como el dinero recaudado y la destinación del mismo tiene efectos diferenciales. Además ignorarlo también es insuficiente para cumplir con lo que exige nuestra constitución sobre los impuestos, que sean eficientes, progresivos y equitativos. Impuestos equitativos y justos también son un reclamo feminista y el Estado debe estar a la vanguardia de este reclamo.
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